ARGENTINA
Acuerdos de doble tributación
(Estado: En vigor)
Canje de notas que constituyen un acuerdo para eliminar la doble tributación de las empresas de navegación marítima y aérea entre la República de Colombia y el gobierno de Argentina
- Canje de notas que constituyen un acuerdo sobre la eliminación de doble tributación de las empresas de navegación marítima y aérea del 15 de septiembre de 1967 entre la República de Colombia y el gobierno de Argentina: Los fines de este acuerdo se enmarcan dentro de los objetivos previstos por el Convenio para eximir de la doble tributación del 15 de septiembre de 1967. El convenio es retroactivo al año fiscal de 1964.
- Ley 15 de 1970: Por la cual se aprueba el “Convenio sobre la Exención a la Doble Tributación de las Empresas Marítimas y Aéreas”, suscrito en Bogotá por Canje de Notas entre los Gobiernos de la República Argentina y Colombia, el día 15 de septiembre de 1967.